El acoso sexual está legalmente definido generalmente como "conducta verbal, visual o física no deseada de naturaleza sexual que es grave o dominante y afecta a las condiciones de trabajo o crea un ambiente de trabajo hostil." La conducta en cuestión debe ser "desagradable". Si el empleado ha acogido con satisfacción la conducta sexual de ninguna manera, eso forma una fuerte defensa para el empleador. Por lo tanto, el empleado sería prudente en comunicar por escrito al acosador y al empleador que la conducta específica no es bienvenida.

La conducta de acoso sexual por lo general debe ser verbal, visual o física con el fin de ser recurribles, en caso contrario se vuelve demasiado difícil de probar que el acoso sexual en realidad si ocurrió. Lo más importante, la conducta debe ser severa o penetrante para ser considerada acoso sexual. Un solo incidente de acoso sexual puede ser suficiente para presentar una demanda contra el autor y el empleador si la conducta es particularmente atroz y grave, por ejemplo una violación o un asalto sexual. Para ser legalmente recurrible, la conducta de acoso sexual debe afectar negativamente a las condiciones de trabajo del empleado o crear un ambiente de trabajo hostil. Por ejemplo, si el empleado sufre de angustia emocional grave como consecuencia del acoso sexual y se ha sometido a terapia psicológica para tratar tal angustia, si el empleador o su personal directivo ha negado el empleado una promoción o saumento porque el empleado rechazó los avances sexuales del gerente o empleador, o si el acoso crea un ambiente de trabajo intimidatorio, ofensivo u hostil para el empleado y el desempeño laboral del empleado sufre como consecuencia directa, entonces puede ser demostrado que el empleado era de hecho la víctima de acoso sexual en el trabajo.

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Acoso Sexual